Tuesday, October 25, 2011

Manchester City multa a Tévez por u$ 1.600.000


25.10.2011 - Como caso testigo y precedente (en el país que más teme la “rebeldía”), la dirigencia del Manchester City hizo pública la sanción y multa por u$s 1.600.000 a Carlos Tévez a través de un comunicado en su página web en el que presenta cinco (redundantes) normas presuntamente violadas por el Apache.

“Manchester City Football Club puede confirmar que se ha concluido una audiencia disciplinaria en relación con la acusación de mala conducta por Carlos Tevez.

La acusación se refiere a los acontecimientos durante el partido de la Liga de Campeones contra el Bayern Munich el 27 de septiembre de 2011.

Tras una investigación detallada y la audición asociada, una comisión disciplinaria ha sostenido la acusación de mala conducta. Cinco infracciones por separado del contrato fue la base de la decisión.

Como resultado de ello Carlos Tevez ha sido multado con salarios de cuatro semanas, ha sido suspendido por un período de dos semanas (ya recibidas) y recibido una advertencia por escrito en cuanto a su conducta futura.

Las cinco obligaciones contractuales que la comisión disciplinaria encontró violadas son las siguientes:

1. La obligación de participar en un partido en el que se selecciona al jugador a jugar para el Club dirigido por un oficial del Club.

2. La obligación de realizar las demás funciones y participar en otras actividades que sean compatibles con el ejercicio de las funciones del jugador y que sean razonablemente necesarios de él.

3. La obligación de cumplir y actuar de acuerdo con todas las instrucciones legales de cualquier funcionario autorizado del club.

4. La obligación de observar los estatutos y reglamentos de la FIFA y la UEFA, el Reglamento de la FA, el Reglamento de la Liga, el Código de Prácticas y las reglas del club, incluyendo pero no limitado a la infracción de la Regla E3 (1) del Reglamento de la FA (obligación del jugador para actuar en el mejor interés del juego y no actuar de manera que es incorrecta o que trae desprestigio al juego).

5. La obligación de no hacer nada a sabiendas o por imprudencia, ni dejar de hacer algo que es probable que traiga descrédito al club o al juego de fútbol o (como se define en el contrato) causar daños en el Club.

Carlos Tevez tiene el derecho de apelar esta decisión ante la Junta Directiva del Club en el plazo de 14 días."

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